CONTRATO FIDUCIARIO
1.
INTRODUCCIÓN
La aplicación de los
contratos fiduciarios son una herramienta fundamental para los ingenieros hoy
en día, es una especie de plataforma para desarrollar tipos de contrataciones
para el desarrollo de obras civiles sin ninguna restricción, sin importar el
tipo, la plataforma o el contrato te
permite escoger el tipo de fiducia que más convenga según el cliente, es por
ende hoy en día mucho ingenieros tienen que meterse en estos temas que son
bastante tedioso, porque son temas relacionados con el derecho o abogacía,
entonces el ingeniero hoy y más que todo los contratista debe de conocer mucho
mas esta campo para poder obtener los contratos u obrar, entonces hablamos de
un campo bastante beneficioso para los ingenieros, y en el presente trabajo de
investigación se mostrara todo los temas y aplicaciones de los contratos
fiduciarios dentro del campo de la ingeniería.
2.
OBJETIVOS
2.1.
OBJETIVOS GENERAL
·
Conocer los contratos fiduciarios dentro
de la ingeniería civil, su aplicación.
2.2.
OBJETIVOS ESPECIFICOS
·
Reconocer los tipos de contratos de
fiducia en el campo.
·
Conocer las ventajas y desventajas de los
contratos fiduciarios
·
Identificar su sector aplicativo dentro de
la ingeniería
3.
JUSTIFICACIÓN
Es importante que, para
el desarrollo de un contrato fiduciario, cual sea el tipo de contrato se efectúa
tres procesos que hacen al proceso de contrato una fiducia, lo cual existe el
fiduciante, el fiduciario y el beneficiario, y entre los tres se entrelazan
para cumplir los objetivos de los contratos, que sin importar la condiciones u
objetivos es para el desarrollo de alguna obra civil, fuente importante para
los ingenieros que se desempeñen dentro del campo inmobiliario o contratistas.
La fiducia es un campo
por excelencia para lo ingeniero, comprendiendo esta parte de la ingeniería
inmobiliaria y para los contratistas. Aunque es muy amplio comprenderla se
puede convertir en una aplicación muy rentable.
En la fiducia se puede
hacer múltiples contratos, según la situación, condición, capacidad y entre
otras condiciones para que pueda desarrollar de la misma, y el efecto es muy
bueno, porque es la posibilidad de desarrollar obras de grandes envergaduras, y
que estos tipos de contratos lo permite sin ningún problema ajeno al contrato.
4.
MARCO
TEORICO
4.1.
CONTRATOS FIDUCIARIOS
En el sector de la construcción,
básicamente son las Empresas fiduciarias las que actualmente manejan encargos
fiduciarios. Sin embargo, a pesar de la gran cantidad de empresas, casi todas
centran sus servicios en encargos fiduciarios de inversión, cobrando una
comisión sobre el manejo del dinero, la cual es variable dependiendo del monto
del encargo.
4.1.1.
ORIGENES
DE LAS FIDUCIA
En El Derecho
Romano. Antiguamente, antes de que
existiera una tutela jurídica, el fideicomiso era una relación de mera confianza
y buena fe en la que se encuentran dos antecedentes importantes:
El Fideicommisum.
Consistía en la disposición que una persona antes de morir hacía en un
testamento, en el que trasfería uno o algunos de sus bienes a otra persona de
su confianza, con el fin de que ésta los administrara y entregara el producto
de tal administración a otra persona que el testador designaba como
beneficiario. El testamento podía disponer que, trascurrido un periodo de
tiempo u ocurrido algún hecho determinado, llamado condición, los bienes fueran
transferidos al beneficiario.
El Pactum Fiduciae. Era
un acuerdo en el que intervenía el propietario de unos bienes y otra persona en
la que éste confiaba plenamente; en dicho acuerdo el propietario trasfería uno
o algunos de sus bienes para que la otra persona los administrara con una
finalidad específica, como la garantía de pago de una deuda, o el simple
cuidado y administración de los bienes trasferidos cuando el propietario debía
ausentarse por periodos largos de tiempo cualquiera que fuera la razón. También
existió el fiduciae cum amico, que comúnmente se utilizaba por los soldados que
iban a la guerra.
En el Derecho
Anglosajón. Anteriormente se utilizaban
los compromisos de conciencia y buena fe que poseía una persona en la que
confiaba otra, con el propósito de cumplir una finalidad específica con los
bienes que ésta le trasfería, bien fuera en beneficio de quien se los trasfería
o de otra persona que él indicaba. Puede constituirse por testamento o por acto
entre vivos. La figura descrita anteriormente es conocida como el “trust
anglosajón” y es el principal antecedente de la fiducia mercantil.
4.1.2.
FIDUCIA
La fiducia mercantil es
un negocio jurídico en virtud del cual una persona, llamada fiduciante o
fideicomitente, transfiere uno o más bienes especificados a otra, llamada
fiduciario, quien se obliga a administrarlos o enajenarlos para cumplir una
finalidad determinada por el constituyente, en provecho de éste o de un tercero
llamado beneficiario o fideicomisario.
4.1.2.1. ELEMENTOS DE CONTRATOS
4.1.2.1.1. FIDUCIANTE:
Persona natural o jurídica, que transfiere uno o más bienes al fiduciario, para
que se le administre o venda según la finalidad encomendada en el contrato, y
en la modalidad que más crea conveniente para sus intereses el de un tercero
llamado beneficiario.
4.1.2.1.2. FIDUCIARIO:
Es a quien se le transfiere los bienes por parte del fiduciante, para venderlos
o administrarlos en cumplimiento de la finalidad encomendada por el fiduciante
y a través de la modalidad escogida por el mismo fiduciante, en favor suyo, o
de un tercero llamado beneficiario.
4.1.2.1.3. BENEFICIARIO: Puede
tratarse de una persona natural como jurídica, privada o pública, nacional o
extrajera, y cabe la posibilidad de ser el mismo fiduciante u otra persona
destina por éste, a quien a su favor recae el beneficio y el objetivo de la
finalidad que debe cumplir el fiduciario.
La existencia del
beneficiario, no es requisito indispensable en el momento de constituirla, pero
si se necesita su posible existencia dentro del término de duración del
contrato.
4.1.3.
OBJETO
DEL CONTRATO FIDUCIARIO
4.1.3.1. TRANSFERENCIA DE PROPIEDADES O
DOMINIOS
Para cumplir con el
objeto de contrato fiducia mercantil, es necesario que haya transferencia de
bienes por medio del fiduciante al fiduciario para que constituyan autónomo
independiente de su patrimonio que va actuar con la finalidad encomendada por
el acto de constitución.
4.1.3.2. BIENES DE OBJETO DE FICUDIA
MERCANTIL
El código de comercio no
señala expresamente cuales son los bienes objeto de ser constituidos en
fiducia.
El artículo 1126 del
código de comercio señala que el fiduciante tiene la obligación con el
fiduciario de transferir uno o más bienes especificados, por lo tanto, los bienes
que transfieren son todos aquellos que tengan una estimación o valor económico,
ya sean corporales muebles o inmuebles e incorporales, que se encuentren dentro
del trafico jurídico, que no tenga objeto ilícito.
4.1.3.3. TRANSFERENCIA POR ACTA ENTRE VIVOS
El contrato de fiducia
debe contener todos los requisitos que exigen la teoría general de contratos
para cada una de las partes. Capacidad, exentos de vacíos consentimiento, tener
causa y objeto licito, el contrato se denomina de esta manera genérica entre la
doctrina acto de constitución, el cual debe contener además de los requisitos
ya mencionados, los especiales que caracterizan el contrato de fiducia
mercantil.
4.1.3.4. TRANSFERENCIA MORTIS CAUSAS
Tratándose de un acto que
permite designar al fiduciario para que, al momento de la muerte constituyente
o causante, le sea transferido en su totalidad o parte de sus bienes, con el
fin de destinarlos a finalidad designada a favor de un o unos terceros. Es
necesario respetar la porción legitima de los hederos forzosos y la aceptación
del fiduciario; si no hay aceptación del fiduciario no hay acto constitutivo y
por lo tanto no es válido.
4.2.
CONTRATO FIDUCIARIO EN PROYECTOS INMOBILIARIOS
4.2.1.
PREVENTAS
También llamada administración de preventas,
es un producto diseñado para recibir los recursos asociados a un proyecto de
construcción, mediante la suscripción de encargos fiduciarios individuales de
inversión a nombre de cada futuro comprador de las unidades resultantes del
Proyecto.
Una vez el Promotor del
proyecto logra el punto de equilibrio y obtiene el Permiso de Ventas, el cual
le otorga la capacidad para firmar Promesas de Compraventa con cada interesado,
la fiduciaria entrega al constructor los recursos obtenidos y éste podrá hacer
uso de los mismos para dar inicio a la construcción del proyecto
inmobiliario.
4.2.2.
FIDUCIA
DE ADMINISTRACIÓN INMOBILIARIA
En los proyectos
desarrollados mediante este esquema, se desarrolla inicialmente una fase
similar a la Preventa, en la cual las personas interesadas en adquirir los
inmuebles se vinculan al Fideicomiso en calidad de Beneficiarios de Área. Al
Patrimonio Autónomo se transfiere el lote en el cual se desarrollará el
proyecto, y los dineros aportados por los Beneficiarios de Área. La Fiduciaria
va entregando estos dineros al Constructor, con el Visto Bueno de un
Interventor, lo que garantiza que los dineros son invertidos en un proyecto
determinado. Finalmente, la Fiduciaria restituye el Beneficio a los
Beneficiarios de Área, transfiriendo a cada uno la propiedad de su respectivo
inmueble.
4.2.3.
FIDUCIA
INMOBILIARIA
Es un tipo de fiducia por
la cual se entrega a la fiduciaria un lote de terreno sin construir, de manera
que sobre el mismo desarrolle un proyecto de construcción y al finalizar transfiera
las unidades resultantes, implicando para ello todas las gestiones de gerencia,
promoción y ventas necesarias, según el caso. Esta modalidad de fiducia puede
contratarse para que las unidades resultantes sean a precio fijo o a costo
variable.
En este tipo de fiducia
se realizan contratos mercantiles.
4.2.4.
FIDUCIA
INMOBILIARIA CON AVANCE DE OBRA
Tiene por objeto
continuar con el desarrollo de un proyecto de construcción el cual fue
suspendido por cualquier circunstancia, para el cual debe ser valorado
económica y programáticamente, el avance de la obra construida.
Posteriormente, se debe
establecer la viabilidad del proyecto de acuerdo con el cumplimiento del nuevo
punto de equilibrio, desarrollo del proyecto y finalmente la escrituración y
liquidación del fideicomiso.
Este tipo de fideicomiso
inmobiliario no es muy común, aunque es una alternativa importante para
múltiples proyectos que por cualquier motivo debieron ser abandonados.
4.2.5.
FIDUCIA
DE ADMINISTRACIÓN DE PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA
Este negocio, consiste en
administrar parte o la totalidad de los recursos y derechos patrimoniales
asociados a un proyecto de infraestructura para destinarlos al desarrollo del
mismo.
Este tipo de fiducia es
manejado normalmente por el Estado o por Contratistas de obras para el Estado,
para garantizar el desarrollo del proyecto de infraestructura. De esta forma
los rendimientos que se obtienen del manejo del fideicomiso se invierten en el
desarrollo del proyecto hasta que se termine el proyecto o hasta que se
terminen los recursos del mismo.
4.2.6.
TITULARIZACIÓN
Negocio que consiste en
transferir activos que por lo general son ilíquidos, como grandes
construcciones, Conjuntos de Locales Comerciales o de Bodegas Industriales,
lotes, proyectos de infraestructura, obras públicas o flujos de caja futuros a
un patrimonio autónomo, por parte del fideicomitente.
La fiduciaria que
manejará la titularización, emite títulos valores a cargo del patrimonio
autónomo, y es la responsable ante los inversionistas del cumplimiento de
dichas obligaciones. La fiduciaria entonces, como administradora del activo
titularizado, debe conservar, custodiar y administrar los bienes, y recaudar
los recursos necesarios para atender las obligaciones derivadas de la emisión.
4.3.
PRODUCTOS FIDUCIARIOS APLICABLES A DESARROLLOS INMOBILIARIOS
4.3.1.
ENCARGOS FIDUCIARIOS DE PREVENTAS
Este tipo de producto
fiduciario, es aplicable para proyectos en los cuales sólo se tiene el lote,
estudios y diseños, ya que sobre estos se realizan encargos fiduciarios hasta
alcanzar el punto de equilibrio, momento en el cual, la fiduciaria siguiendo instrucciones
previamente señaladas, entrega al promotor los dineros producto de los encargos
para iniciar la construcción del proyecto.
Si el Promotor no es
propietario del lote, sino que sólo tiene una Opción de Compra sobre el mismo,
puede utilizar este esquema para sondear el mercado, condicionando la Opción de
Compra al éxito en la etapa de Preventas.
De esta manera, sólo si llega al Punto de Equilibrio en un periodo de
tiempo fijado, ejerce
la opción de comprar el
lote y, con los recursos entregados por la Fiduciaria, pagarlo e iniciar la
construcción.
Mientras el promotor no
tenga permiso de ventas no puede realizar ventas sobre planos, por lo cual es
de obligatorio cumplimiento realizar encargos fiduciarios mientras se obtiene
el mencionado permiso, junto con la obtención de la licencia urbanística y el
alcance del punto de equilibrio.
Dado lo anterior, la
fiduciaria puede ir en acompañamiento del proyecto hasta el final del mismo o
retirarse una vez se alcancen las tres condiciones anteriormente descritas,
todo según indicaciones entregadas previamente a la fiduciaria por el promotor
del proyecto.
Este es recomendado para
aquellos promotores de proyectos de amplia experiencia y reconocimiento en el
medio, ya que la oficina de planeación municipal otorgará con mayor facilidad
el permiso de ventas.
4.3.2.
FIDUCIA
DE ADMINISTRACIÓN INMOBILIARIA
La diferencia con el esquema de Preventas
radica básicamente en que, al realizarse un Contrato de Fiducia Mercantil, el
lote se transfiere a la fiduciaria, por lo que ésta realizará todos los
contratos con los beneficiarios de área, recibiendo sus aportes hasta el final
del proyecto. Los dineros captados se entregarán al constructor según el avance
de obra presentado por el interventor designado dentro del contrato
fiduciario. Finalizada la construcción,
la Fiduciaria transfiere la propiedad de los inmuebles a los Beneficiarios de
Área.
Este es recomendado para
aquellos promotores de proyectos de poca experiencia, ofreciéndoles seguridad a
los compradores, ya que es la Fiduciaria quien manejará el lote y todos los
recursos entregados, destinándolos exclusivamente al desarrollo del proyecto.
4.3.3.
FIDUCIA
INMOBILIARIA CON AVANCE DE OBRA
Este tipo de fiducia aún
tiene muy poca aplicación en el medio colombiano, sin embargo, en los pocos
casos en los cuales se ha recurrido a él ha funcionado con éxito.
Es similar a la fiducia
inmobiliaria en el sentido de transferir a la fiduciaria no sólo el lote sino
también los activos adicionales que se hayan destinado al proyecto,
cuantificándolos y valorándolos con el fin de estimar el porcentaje de avance
del proyecto en el cual fue suspendido. De esta forma, se debe calcular el
nuevo punto de equilibrio del proyecto y de igual forma la fiduciaria realizará
todos los contratos mercantiles a los fiduciarios de área hasta el final del
proyecto. Este tipo de fiducia es recomendado para proyectos que por cualquier
circunstancia se debieron suspender y cuya reactivación no ha sido fácil de
continuar.
4.3.4.
FIDUCIA DE ADMINISTRACIÓN DE PROYECTOS DE
INFRAESTRUCTURA:
En este tipo de negocio,
la Fiduciaria administra parte o la totalidad de los recursos y derechos
patrimoniales asociados a un proyecto de infraestructura, para destinarlos al
desarrollo del mismo. Con el fin de apoyar la consecución de los recursos
necesarios para la ejecución del Proyecto, se podrán estructurar fuentes de
pago de créditos con entidades financieras, garantizar emisiones de bonos u
otros tipos de estructuras financieras que se requieran para dar liquidez al Proyecto,
se realizarán pagos a terceros, contratistas y proveedores del mismo. Incluye
concesiones de obra civil, servicios públicos y similares.
Cabe destacar, que los
inversionistas o quienes compran bonos del proyecto a realizar, analizan el
flujo de caja del proyecto con el fin de decidir la rentabilidad de la
inversión a realizar.
4.3.5.
TITULARIZACIÓN
Este tipo de fiducia
consiste en transferir unos activos que normalmente se consideran ilíquidos,
como una construcción o un lote, a un
Patrimonio Autónomo por
parte del Fideicomitente u Originador de la Emisión, la Fiduciaria como Agente
de Manejo de la Titularización, emite títulos valores a cargo del Patrimonio
Autónomo, y es la responsable ante los inversionistas del cumplimiento de dichas
obligaciones; para el efecto, verifica la transferencia del activo
titularizado, la estructuración de las garantías, la valoración del activo,
administra la emisión, etc.
La titularización puede
utilizarse tanto para el desarrollo de proyectos inmobiliarios de gran
envergadura como hoteles, puertos, vías, etc., así como para obtener liquidez
con proyectos ya desarrollados.
4.4.
VENTAJAS COMPARATIVAS RESPECTO AL USO DE PRODUCTOS FIDUCIARIOS PARA EL
DESARROLLO DE PROYECTOS INMOBILIARIOS
4.4.1. VENTAJAS EN EL DESARROLLO DE PROYECTOS
INMOBILIARIOS BAJO LA MODALIDAD DE FIDUCIA
4.4.1.1. VENTAJAS DE ORDEN JURÍDICO
·
Estructura de conformación y manejo
flexible, de acuerdo con la voluntad de las partes que suscriben el
negocio.
·
Manejo confidencial de la información de
los participantes del negocio y de las condiciones del mismo, que están sujetos
al deber de reserva bancaria. Lo cual quiere decir que las entidades bancarias
se reservan el derecho de suministrar información a terceros.
·
No se asumen costos relativos a trámites
notariales, de registro mercantil, entre otros, para efectos de conformación,
puesto que no se requiere la creación de sociedades.
·
Permite que los participantes regulen las
normas de entrada y salida del negocio, incluyendo la forma de realización de
aportes, barreras de salida, entre otros.
·
Las reglas de juego pueden ser modificadas
con facilidad entre las partes.
·
Los socios pueden estructurar órganos de
decisión para los temas claves del negocio, con forma de operación ágil.
·
Se pueden establecer reglas de liquidación
claras y ágiles, a diferencia de los engorrosos trámites que conlleva el tema
para una sociedad.
4.4.1.2. VENTAJAS OPERATIVAS
·
No requiere una estructura administrativa
y contable independiente, por cuanto estas actividades son desarrolladas por la
fiduciaria.
·
No se requiere la adquisición, sellamiento
y registro de libros de comercio y papeles del comerciante (como Cámara de
Comercio), toda vez que los mismos son registros internos del fideicomiso.
·
La fiduciaria genera y suministra
información periódica y oportuna de los informes de avance del proyecto, lo que
permite tener a disposición una actualizada información del funcionamiento del
fideicomiso.
·
El patrimonio autónomo tiene un estricto
control y vigilancia, tanto de los órganos internos de la fiduciaria, como por
parte de la Superintendencia Financiera.
4.4.1.3.
VENTAJAS DE ORDEN FINANCIERO
·
No son sujetos de impuesto de renta.
·
No son sujetos de renta presuntiva.
·
No son sujetos de retención en la
fuente.
·
En algunas ciudades no son sujetos del
impuesto de Industria y Comercio
·
No son sujetos de impuestos especiales
tales como de guerra o paz.
·
Manejo eficiente del 4 por mil.
·
Los
costos de constitución, funcionamiento y liquidación del fideicomiso son
menores frente a los que se puede incurrir en la creación de sociedades
comerciales.
·
No se tienen costos como revisoría fiscal,
contador público, matrícula mercantil, etc., los cuales incrementan el costo de
la administración de una sociedad.
4.5.
COSTOS DE FIDUCIA
Debe tenerse claro, que cada negocio de fiducia es
único y tiene sus particularidades especiales, por lo cual, es complicado
tipificar los casos de fiducia.
El costo de la fiducia se puede cobrar por costo
mensual fijo o por encargo por unidad en el caso de preventas. Lo anterior
debido a que existen proyectos inmobiliarios que requieren pocos informes o
análisis, típicos de proyectos de estrato alto, o mucha papelería y trámites en
el caso de proyectos de inversión social o vivienda de interés social.
El negocio de la fiducia es rentable para la entidad
fiduciaria, dado que la fiducia normalmente cobra entre el 0,5% y el 1,0%
(incluso menos de acuerdo con el tipo de proyecto) del valor de las ventas. El
porcentaje varía de acuerdo con el valor de las ventas de cada encargo o
contrato realizado, ya que en caso de viviendas de interés social el porcentaje
del costo de la fiducia con respecto al valor total de la vivienda es muy alto
ya que para un encargo deben asumirse los mismos costos de operación que para
una vivienda de estrato alto, en la cual el porcentaje puede ser incluso menor
al 0,5% del costo del inmueble.
De esta forma, la fiduciaria debe cubrir los costos de
operación y de los informes jurídicos y contables.
4.6.
PUNTO DE EQUILIBRIO DE UN PROYECTO
Se define como el punto
económico en el cual los ingresos percibidos o proyectados, ya sea de los
socios, de las preventas, o de la suma de todos los anteriores, permiten
realizar el proyecto en su totalidad, sin incluir las utilidades que este pueda
generar.
Como se expuso
anteriormente, cada proyecto es único y tiene sus particularidades, por lo que
el cálculo del punto de equilibrio es diferente para cada proyecto.
Generalmente, en los
proyectos realizados por fiducia, se negocia el lote sujeto a un acuerdo de
voluntades en el cual se calcula el punto de equilibrio, y una vez se logra, se
compra el lote y se desarrolla el proyecto.
Existe el caso en el que
el dueño del lote se convierte en beneficiario de la fiducia, lo cual hace
reducir sustancialmente las preventas para alcanzar el punto de equilibrio. En
este caso, el dueño del lote se convierte en socio del proyecto al cual se le
puede cancelar el valor del lote ya sea en dinero o en unidades construidas,
previo acuerdo con el promotor del proyecto.
4.7.
FIDUCIA EN COLOMBIA
En Colombia, se encuentra
normatividad relacionada con la fiducia desde finales del siglo XIX,
reglamentación que está incorporada en las normas del derecho civil que
consagran la propiedad fiduciaria y posteriormente, en normas de derecho
financiero que introducen la figura del encargo fiduciario (ley 45 de 1923) y
en las normas del derecho comercial que reglamentan la fiducia mercantil.
(Código de Comercio, capítulo XI). Más recientemente, la ley 45 de 1990, dio
impulso a la actividad fiduciaria al establecer que sólo podía ser desarrollada
a través de sociedades independientes con requisitos mínimos de capital. En
consecuencia, los establecimientos de crédito desmontaron sus secciones
fiduciarias y continuaron realizando la actividad a través de filiales.
Si hay un sector de la
economía que ha experimentado una de las más ilustrativas transformaciones, es
el de la construcción. Las firmas que sobrevivieron a la crisis de finales de
los 90, viven desde entonces en una constante evolución. Antes manejaban al
mismo tiempo múltiples proyectos urbanísticos, tenían onerosas nóminas y
compraban costosos terrenos a terratenientes, que financiaban con los
bancos.
De esta manera, generaban
un flujo de caja que mantenía la estructura de la organización. Pero después de
la crisis, las nóminas se redujeron a su mínima expresión, los dueños de las
tierras se volvieron socios de los proyectos, la fiducia se convirtió en la
mejor garantía para que ninguna obra empezara sin antes llegar a su punto de
equilibrio, surgieron diversas maneras para vincular inversionistas con figuras
como los derechos fiduciarios y se atrevieron a salir más allá de las
fronteras. Se volvieron versátiles, diversificaron y concretaron alianzas
estratégicas. Esto les ha permitido aprovechar un “boom” que comenzó en 2002 y
que sólo hasta el presente año empieza a desacelerarse.
A continuación, se
enumeran las principales entidades que manejan encargos fiduciarios en
Colombia:
1. Acción Fiduciaria S.A.
2. Alianza Fiduciaria
3. BBVA Fiduciaria
4. Cititrust
5. Fiduciaria
Corficolombiana
6. Fiduagraria
7. Fidubogotá
8. Fiducafe
9. Fiducentral
10. Fiduciaria Colseguros
11. Fiduciaria GNB Sudameris
12. Fiduciaria
Popular
13. Fiducoldex
14. Fiducolmena
15. Fiduciaria Bancolombia
16. Fiducolpatria
17. Fiducor
18. Fidudavivienda
19. Fiduciaria de
Occidente
20. Fidupetrol
21. Helm Trust
22. HSBC Fiduciaria
23. La Previsora
24. Santander
Investimento Trust
4.8.
PRINCIPALES PRODUCTOS FIDUCIARIOS UTILIZADOS EN COLOMBIA
A continuación, se
describen los productos fiduciarios más utilizados por los constructores como
herramienta para el desarrollo de proyectos inmobiliarios:
Fiducia
de garantía: Contrato o Negocio en virtud del cual una
persona natural o jurídica denominada fideicomitente, transfiere de manera
irrevocable un patrimonio autónomo administrado por una empresa fiduciaria, la
propiedad de uno o más bienes a título de fiducia mercantil, con el fin de
garantizar con ellos y su producto, el cumplimiento de una o varias
obligaciones a cargo del fideicomitente o de terceros, en beneficio de uno o
varios acreedores.
Fideicomisos
de inversión: La fiduciaria recibe del fideicomitente
bienes inmuebles, dinero, etc, así como las instrucciones con las cuales debe
dar cumplimiento al fideicomiso o fiducia mercantil, con la finalidad de
conformar un patrimonio autónomo de acuerdo con los parámetros de rentabilidad,
seguridad y liquidez que sean acordados entre las partes.
Contratos
de asesoría financiera: Negocios en virtud de los cuales el
fideicomitente acude a la fiduciaria, para que ésta, dada su experiencia y
conocimiento en el sector financiero, brinde asesoría respecto al tipo de
inversiones que deben realizar con el fin de obtener utilidades asociadas al riesgo
que quiere manejar el cliente o fideicomitente.
Fiducia
de administración: Son todos los negocios fiduciarios en los
que el fideicomitente encomienda a la fiduciaria la administración de bienes o
recursos, lo que por lo general implica una gestión profesional que conlleva
labores de tipo administrativo, contable, financiero, jurídico, entre
otras. Existen varias modalidades, como
son de administración de recaudos y pagos, la administración simple, Administración
inmobiliaria, la fiducia inmobiliaria, fiducia inmobiliaria con avance de obra,
la fiducia de normalización de activos, la administración de proyectos de
infraestructura y la administración de emisiones de acciones o bonos y
Titularizaciones.
5.
CONCLUSIONES
Podemos denotar las
aplicaciones tan importantes que tiene la fiducia en el campo ingenieril, es
una ventaja bastante grande para el desarrollo de obras, son de gran importante
para el desarrollo inmobiliario del país, en temas de vivienda la ventaja es muy
grande tanto para el estado e instituciones privadas que pueden acceder este
tipo de contrato, en los ejemplo que pueden verlos en los anexo, es claro las
ventajas que ofrece para el desarrollo de fiducia en el país, es un punto a
favor de todas las empresas de ingeniería, que comprende este campo, y que es
de notar como en ciudades como barranquilla el desarrollo inmobiliario ha
crecido enormemente a diferencia de otras ciudades de Colombia, entonces esto
una rama muy aplicativa y desarrollista para cualquiera parte de Colombia donde
exista grandes inversionista y empresas de grandes envergaduras.
BIBLIOGRAFIA
• SUPERINTENDENCIA BANCARIA, Resolución
3914 de 1986
• -SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES Auto
No. 4102213 del 5 de Junio de 1995
• -SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES Auto
410 5447 del 21 de noviembre de 1995
• SUPERINTENDENCIA BANCARIA, Resolución
3914 de 1986 Art.8
• SUPERINTENDENCIA
BANCARIA Circular 007 de 1996.
• CODIGO
DE COMERCIO
• CODIGO
CIVIL
• (PRODUCTOS
FIDUCIARIOS Y SU APLICACIÓN EN EL DESARROLLO DE PROYECTOS INMOBILIARIOS; ELIANA
ANDREA GIRALDO COLORADO; MARCELO VELÁSQUEZ VÉLEZ ; UNIVERSIDAD DE MEDELLÍN; ESPECIALIZACIONES
FACULTAD DE INGENIERÍA; GERENCIA DE CONSTRUCCIONES; MEDELLÍN; 2008)
• http://repository.udem.edu.co/bitstream/handle/11407/381/Productos%20fiduciarios%20y%20su%20aplicaci%C3%B3n%20en%20el%20desarrollo%20de%20proyectos%20inmobiliarios.pdf?sequence=1&isAllowed=y
• -
LEY 222 DE 1995
• -
LEY 550 DE 1999
• ESTATUTO ORGANICO DEL SISTEMA
FINANCIERO (DECRETO 663 DE 1993)
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